Identificar los conceptos adeudados
La revisión debe distinguir sueldo, comisiones, horas extraordinarias y otras prestaciones, según el contrato y la ley. Cada concepto requiere respaldo y puede estar sujeto a reglas y plazos distintos.
Las cotizaciones también importan
Las cartolas previsionales permiten contrastar períodos declarados y pagados. Si existe un despido con cotizaciones impagas, puede ser necesario evaluar la aplicación de la nulidad del despido y sus consecuencias, con atención a los requisitos y excepciones del caso.
No todas las acciones son iguales
Cobrar prestaciones, impugnar un despido o ejercer un autodespido son decisiones diferentes. Es importante escoger la acción pertinente, revisar compatibilidades y evitar asumir que una sola gestión resuelve todos los incumplimientos.
Cómo podemos ayudarte
- Orden de períodos, conceptos y pagos acreditados.
- Revisión de certificados y cartolas previsionales.
- Evaluación de cobros y de eventuales efectos del artículo 162.
- Preparación de reclamaciones y prueba documental.
Antecedentes que conviene reunir
- Liquidaciones y comprobantes de abono.
- Contrato y anexos sobre bonos o comisiones.
- Cartolas de AFP, salud y AFC disponibles.
- Registros de asistencia y documentos de término, si existen.
No necesitas enviarlo todo por WhatsApp. Primero coordinemos una revisión y el canal adecuado.
Preguntas frecuentes
¿La nulidad del despido significa volver al trabajo?
No debe confundirse con una reincorporación automática. Se refiere a efectos específicos vinculados al incumplimiento previsional y a su convalidación, cuando procede legalmente.
¿Todos los cobros tienen un plazo de 60 días?
No. Las acciones por remuneraciones, prestaciones y término de contrato pueden tener plazos distintos. Deben revisarse según lo que se reclama.
¿Basta con una liquidación firmada?
Debe examinarse el conjunto de antecedentes, incluyendo comprobantes de pago, registros y estipulaciones. La firma no reemplaza siempre la revisión del cumplimiento efectivo.
Referencias legales e información importante
Información general, no asesoría para un caso particular. Las actuaciones, los plazos y los honorarios se evalúan según los antecedentes. Enviar una consulta no constituye contratación ni suspende plazos legales.

